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Clasificación

 

Se Clasifica el producto, según propiedades escogidas por el comprador o consumidor, ejemplo:  por el grado de madurez, tamaño, peso, forma, etc.

2. DEFINICIONES, CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN

 

2.1 DEFINICIONES

 

Para los efectos de esta norma se establece la siguiente:

 

2.1.1 Lulo: fruto proveniente de cualquier variedad de la especie

Solanum quitoense Lam 

 

2.1.2Pelusa: como tal se entiende los pelos punzantes adheridos a los epidermis y al pecíolo del fruto.

 

2.2 CLASIFICACIÓN

 

El lulo se clasifica así:

 

2.2.1 Por su tamaño

 Según el diámetro perpendicular al eje mayor del fruto, de acuerdo con lo indicado en la Tabla 1.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.2.2 Por grados de calidad

 

Para cada tamaño se establecen los grados de calidad primera (1a) y segunda (2a), de conformidad con las condiciones generales indicadas.

 

2.3 DESIGNACIÓN

El lulo se designa por su nombre, calidad y tamaño.

 

EJEMPLO- 

Lulo, calidad segunda, tamaño 2.

 

3. CONDICIONES GENERALES

 

3.1 Debe ser de una misma variedad y de tamaño uniforme.

 

3.2 Debe presentarse entero, con el aspecto, la forma y el color típicos de la variedad.

 

3.3 Debe estar fresco, limpio y sin indicios de humedad exterior.

 

3.4Debe estar desprovisto del pecíolo y ser consistente al tacto.

 

3.5 Debe tener el grado de madurez que permita la conservación adecuada del producto en condiciones normales de manipuleo, almacenamiento y transporte.

 

3.6 Debe encontrarse libre de daños por ataques de insectos, enfermedades, magulladuras, podredumbres, cicatrices y cortaduras.

 

4. REQUISITOS

 

4.1 GRADOS DE CALIDAD

Las calidades se fijarán por las tolerancias que se establecen para las diferencias de tamaño y los defectos correspondientes a las condiciones generales enumeradas en el capítulo 3 de acuerdo con la Tabla 2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4. 1.1Para las características no incluidas en la Tabla 2 no se aceptarán tolerancias.

 

4.2 CALIDADES ESPECIALES

Los requisitos anteriores rigen para el lulo maduro. En el caso del lulo pintón se aplicará la misma norma pero en la designación se agregará el término “pintó

 

 

 

 

http://es.scribd.com/doc/58309536/NTC-1265-Lulo#scribd

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